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mayo  5, 2024

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El derecho a la reparación efectiva frente a los ilícitos contra la competencia

Por Adriano Díaz Cisneros


“El artículo se interesa por el concepto de “reparación efectiva” que expresa la convencional Salinas en el debate de la convención constituyente de 1994, de cara a las discusiones procesales, nacionales e internacionales, que envuelven el Derecho de Daños en la Defensa de la Competencia. En su función, la reparación da eficacia a la norma, ya que el damnificado opera como un fiscal de la ley que aporta el beneficio social de la Disuasión. En sus formas procesales, la reparación es efectiva porque repudia los estándares de prueba que exijan a la actora pruebas impracticables, imposibles o demasiado difíciles que frustren, obstaculicen o comprometan el ejercicio de su derecho a la reparación. Se trata de una “reparación efectiva”, ya que el mandato de eficacia de los procedimientos del art. 42 de la Constitución Nacional explica, fundamenta y delimita toda la teoría de la reparación en el Derecho de Competencia, así como los parámetros que deben guiar su cuantificación y sus condiciones de procedencia.”

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Términos mencionados en esta doctrina: reparación, efectiva, competencia, procesales.

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